ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO 2014-2020

FONDO EUROPEO MARÍTIMO DE PESCA (FEMP)

El FEMP es el nuevo fondo de las políticas marítima y pesquera de la UE propuesto para el periodo 2014-2020, en sustitución del anterior Fondo Europeo de Pesca. El día 20 de mayo de 2014 se aprobó el Reglamento que regulará este Fondo en el periodo 2014-2020.
(Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014).

 

Los principios inspiradores de este nuevo Fondo son:

Ayudar a los pescadores en la transición a la pesca sostenible.

Ayudar a las comunidades costeras a diversificar sus economías.

Financiar proyectos para crear empleo y mejorar la calidad de vida en las costas europeas.

Facilitar el acceso a la financiación.

El FEMP fija además como eje horizontal los objetivos establecidos por la Estrategia Europa 2020, que incluyen un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, así como el desarrollo armónico de la Unión.

Fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento. Objetivos específicos: a) la reducción del impacto de la pesca en el medio marino, lo que incluirá evitar y reducir, en la medida de lo posible, las capturas no deseadas;

  1. b) la protección y la recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas acuáticos;
  2. c) el equilibrio entre la capacidad pesquera y las posibilidades de pesca  disponibles;
  3. d) el fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas del sector de la pesca, con inclusión de la pesca costera artesanal, y mejora de las condiciones de seguridad y trabajo;
  4. e) el apoyo a la consolidación del desarrollo tecnológico, la innovación, incluido el aumento de la eficiencia energética, y la transferencia de conocimientos;
  5. f) el desarrollo de la formación profesional, de nuevas competencias profesionales y de la formación permanente.

Fomentar una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento. Objetivos específicos:

  1. a) el apoyo a la consolidación del desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia de conocimientos;
  2. b) el fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas acuícolas, incluida la mejora de seguridad y de las condiciones de trabajo, en particular de las PYME;
  3. c) la protección y la recuperación de la biodiversidad acuática y la potenciación de los ecosistemas relacionados con la acuicultura y fomento de una acuicultura eficiente en el uso de los recursos;
  4. d) el fomento de una acuicultura con un elevado nivel de protección del medio ambiente, de la salud y el bienestar de los animales, y de la salud y la protección públicas;
  5. e) el desarrollo de la formación profesional, de nuevas competencias profesionales y de la formación permanente.

Fomentar la aplicación de la Política Pesquera Común. Objetivos específicos:

  1. a) la mejora y la aportación de conocimientos científicos y la recopilación y gestión de datos;
  2. b) el apoyo a la supervisión al control y la observancia, la potenciación de la capacidad institucional y una administración pública eficiente, sin aumentar la carga administrativa.

Aumentar el empleo y la cohesión territorial. La Unión Europea recoge que está prioridad será llevada a cabo por Grupos de Acción Local en toda Europa, estando fundamentado aquí la creación de GALPEMUR. 

Objetivos específicos:

  1. a) el fomento del crecimiento económico, la inclusión social, la creación de empleo y el apoyo a la empleabilidad y la movilidad laboral en las comunidades costeras y de interior dependientes de la pesca y la acuicultura;
  2. b) la diversificación de las actividades realizadas en el marco de la pesca y respecto de otros sectores de la economía marítima.

Fomentar la comercialización y la transformación. Objetivos específicos:

  1. a) la mejora de la organización de mercados de los productos de la pesca y la acuicultura;
  2. b) la incentivación de las inversiones en los sectores de la transformación y la comercialización.

Fomentar la aplicación de la Política Marítima Integrada.

OBJETIVOS DEL FEMP

El artículo 6 del reglamento específico del FEMP, recoge las seis prioridades que la Unión considera para el período 2014-2020 en el ámbito marítimo y de la pesca. Dichas prioridades persiguen cumplir con el objetivo de desarrollo sostenible de la pesca, la acuicultura y otras actividades relacionadas, y se subdividen a su vez en objetivos específicos.

Los objetivos de las estrategias de desarrollo local participativo de los Grupos de Acción Locales del sector Pesquero, tal y como recoge el artículo 63 del Reglamento Comunitario Nº508/2014 relativo al Fondo Europeo y Marítimo de la Pesca, son los siguientes:

  1. “aumento de valor, creación de empleo, atracción de jóvenes y promoción de la innovación en todas las fases de la cadena de suministro de los productos de la pesca y la acuicultura;
  2. apoyo a la diversificación dentro o fuera del sector de la pesca comercial, el aprendizaje permanente y la creación de empleo en las zonas pesqueras y acuícolas;
  3. impulso y aprovechamiento del patrimonio medioambiental de las zonas pesqueras y acuícolas, incluidas las operaciones de mitigación del cambio climático;
  4. fomento del bienestar social y del patrimonio cultural de las zonas pesqueras y acuícolas, incluido el patrimonio cultural pesquero, acuícola y marítimo;
  5. refuerzo del papel de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y de la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales”

Por tanto el objetivo de GALPEMUR de desarrollar socioeconómico de la zona de actuación de la Región de Murcia, desde el punto de vista directo e indirecto de la pesca y la acuicultura a través de la creación de empleo y el incremento de la cohesión social del territorio, encaja perfectamente en la filosofía del FEMP.

FUNCIONAMIENTO

El FEMP se utilizará para cofinanciar proyectos junto con los estados miembros. Así, a cada país se le asignará una parte del presupuesto total del Fondo en función del tamaño de su sector pesquero.

Existe además el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 de disposiciones comunes para los Fondos Estructurales y de Inversión europeos, entre los que como ya se ha dicho se encuentra el FEMP. En el mismo se establecen las condiciones, el examen del rendimiento, medidas de seguimiento, informes, evaluación y admisibilidad, que se aplicarán a los proyectos elegidos por los estados miembros y la Comisión.

Complementario al anterior, se encuentra el Reglamento Delegado (UE) nº 480/2014 de la Comisión de 3 de marzo de 2014, que recoge medidas que afectan al Reglamento del FEMP.

EDLP DE GALPEMUR

Las zonas costeras tradicionalmente dependientes de la pesca, han experimentado, en la mayoría de las regiones, un proceso de cambio estructural, social y ambiental. Es por ello que se hace necesario definir una estrategia basada, sobre todo, en las fortalezas, oportunidades y necesidades de sus especiales características y en las enseñanzas aprendidas del periodo anterior.

GALPEMUR, a lo lardo del año 2015 y 2016 ha abierto un profundo dialogo con todos los colectivos implicados en el desarrollo de las Zona de Pesca de la Región de Murcia, habiendo plasmado en su Estrategia de Desarrollo Local Participativo los objetivos que marcaran nuestra hoja de ruta en la financiación de proyectos hasta el año 2022.

Estrategia de Desarrollo Local Participativa para la Zona Pesquera de la Región de Murcia.

Al amparo del Reglamento del FEMP se ha elaborado una estrategia de desarrollo local participativa y transparente, habiendo contado con la contribución de los sectores público y privado más representativos de la zona es de suma importancia a la hora de elaborar  la misma. La estrategia es un documento coherente con el territorio, centrándose esta no sólo en el sector pesquero sino en la diversificación de las zonas pesqueras de la Región de Murcia. La Estrategia de Desarrollo engloba las zonas y localidades costeras con dependencia de la pesca y la acuicultura de la franja litoral de la región de Murcia, en concreto, los municipios de Águilas, Mazarrón, Cartagena, Los Alcázares, San Javier y San Pedro del Pinatar.

La metodología para llevar a cabo la EDLP ha contemplado un minucioso trabajo de campo, reuniones sectoriales y actividades de dinamización social, que se han plasmado en unos Objetivos, Líneas Estratégicas y Acciones para potenciar al máximo la participación de los sectores de la pesca y la acuicultura en el desarrollo sostenible. Con ello se ha pretendido garantizar el aprovechamiento óptimo de las posibilidades que ofrece el desarrollo marítimo, costero y de aguas interiores, y así, se beneficien de ellas.

Con objeto de facilitar los trabajos de campo, se ha analizado la zona pesquera y acuícola dividiéndola en sectores estratégicos. Para facilitar la recogida de información, se han elaborado una serie de cuestionarios para cada uno de los sectores que se mencionan, de forma que se agilice este proceso.

 

  • Sector Extractivo y Acuícola: Cofradías de Pescadores, Asociaciones de Armadores, Organizaciones de Productores y Empresas Acuícolas productoras de la zona.

 CUESTIONARIO SECTOR EXTRACTIVO

 CUESTIONARIO SECTOR ACUÍCOLA

 

  • Sector Transformador y Comercializador: empresas comercializadoras y transformadoras de productos de la pesca y la acuicultura de la zona.

CUESTIONARIO SECTORES TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

 

  • Otros Sectores Productivos y Sociales: asociaciones de empresarios y asociaciones de mujeres, adultos y jóvenes del territorio.

CUESTIONARIO OTRO SECTORES PRODUCTIVOS Y ASOCIATIVOS

Una vez realizado el diagnóstico y dentro de las actuaciones de dinamización social que se llevaron a cabo con el fin de obtener un análisis DAFO lo más veraz posible se llevó a cabo el 28 de noviembre de 2015 en Cartagena el Foro Participativo para la elaboración de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo, EDLP, a GALPEMUR contando con el sector pesquero y acuícola de la Región de Murcia y otros colectivos con una participación de más de 30 personas.

La técnica de participación fue a través de una metodología de trabajo con tarjetas escritas. El punto de partida, los cinco objetivos generales que establece la Unión Europea en su Reglamento 508/2014, por el que se desarrolla el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca para el período 2014-2020, para el desarrollo territorial integrado de la comunidad.

Cada participante pudo opinar en torno a los 5 ejes temáticos:

Pesca y acuicultura

Diversificación

Patrimonio M.A.

Patrimonio cultural

Gobernanza

 

 

Los Objetivos Generales de la EDLP de GALPEMUR son los siguientes:

A: Crear empleo, revalorizando e innovando en todas y cada una de las fases de la cadena de suministro de la pesca y la acuicultura de la Región de Murcia

B: Apoyar la diversificación y la formación permanente para la creación de empleo en el sector pesquero y acuícola del territorio

C: Impulsar y potenciar la Calidad Ambiental y el bienestar social del ámbito de actuación

D: Potenciar el papel de las comunidades pesqueras en el desarrollo local y de la gobernanza de los recursos pesqueros y actividades marítimas locales de la Región de Murcia

 

Partiendo de estos objetivos generales marcados en el Reglamento y en la EDLP se definen para nuestra estrategia objetivos específicos, desarrollados a su vez por líneas de acción y acciones concretas. Este Plan de Acción es la base donde encajar los proyectos en las futuras convocatorias de ayudas.

DOCUMENTO PLAN DE ACCIÓN

ENLACE A LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO

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FINANCIACIÓN Y BENEFICIARIOS AYUDAS

FINANCIACIÓN Y BENEFICIARIOS AYUDAS

 

Beneficiarios

 

Él éxito de los Programas de Desarrollo están directamente relacionado con la implicación de la población de la Zona de Pesca y de sus ideas innovadoras. Por ello, podrán ser beneficiarios de las ayudas:

 

– Cualquier persona física o entidad jurídica, pública o privada que lleve a cabo una actividad o inversión dentro del ámbito de actuación de GALPEMUR y contribuya a la ejecución y a alcanzar los objetivos de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo (para ello los promotores tendrán que estar empadronados o tener su domicilio social dentro del ámbito de actuación de GALPEMUR).

 

– Se considerarán prioritarios aquellos proyectos e intervenciones procedentes de empresas y los trabajadores de la pesca, o pertenecientes a la unidad familiar, así como aquellas personas que desempeñen trabajos relacionados con el sector.

 

Intensidad de la Ayuda

La intensidad específica de las ayudas se determinará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 y Anexo I del Reglamento (UE) n.º 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014; Programa Operativo aprobado para España y límites establecidos en los “Criterios de Selección para la concesión de las ayudas en el marco del Programa Operativo”; así como en el resto de disposiciones comunitarias, teniendo en cuenta la distribución territorial de los fondos FEMP, los del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y los fondos propios de la Comunidad Autónoma.

 

El Artículo 95 del reglamento base establece un límite para la contribución pública concedida a una operación y, en su caso, la contribución mínima de los beneficiarios privados.

Para clasificar las operaciones se atenderán a los criterios que se recogen en el mismo:

  1. a) ser de interés colectivo;
  2. b) tener un beneficiario colectivo;
  3. c) presentar características innovadoras a escala local, si se considera pertinente;

En base a lo anterior y, la intensidad máxima de las ayudas, para las operaciones de carácter productivo, cuyo tipo de beneficiario sea un ente público o privado – siempre que este último, se trate de una pequeña y mediana empresa, tal como se define en el Anexo I de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003) -, será del 50%. En el caso, que la actividad a desarrollar tenga carácter no productivo, independientemente del tipo de beneficiario que acometa la misma, la intensidad de la ayuda podrá alcanzar el 100%.

CONVOCATORIAS

Documentos órden de convocatoria y criterios de selección:

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2023 PARA AYUNTAMIENTOS Y PYMES

 

MODIFICACIÓN CONVOCATORIA DE AYUDAS 2023 PARA PROYECTOS DIRIGIDOS A AYUNTAMIENTOS Y PYMES

 

CONVOCATORIA DE AYUDAS 2023 PARA PROYECTOS DIRIGIDOS A AYUNTAMIENTOS Y PYMES

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2023 PARA PROYECTOS CAPÍTULO VII

 

CONVOCATORIA DE AYUDAS 2023 PARA PROYECTOS DE CAPÍTULO VII

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA Y PROPUESTA DE PAGO CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2022-2023

 

ORDEN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS GALPEMUR 2022

 

ORDEN 7 DE ABRIL DE 2022. MODIFICACIÓN ORDEN DE BASES DE 17 de Julio 2017

 

RC-05-05-02 ÓRDEN DE PAGO_PD_CONVOCATORIA 2021

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2021-2022

 

ORDEN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2021

 

RC-05-05-02 ÓRDEN DE PAGO-1099_PD_CONVOCATORIA 2020

 

RC-05-05-02 ÓRDEN PAGO GLOBAL_PD_CONVOCATORIA 2020

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2020-2021

 

ORDEN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2020

 

RC-05-05-02 ÓRDEN DE PAGO-936-PD_CONVOCATORIA 2019

 

RC-05-05-02 ÓRDEN DE PAGO-864-898_PD_CONVOCATORIA 2019

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2019

 

ORDEN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2019

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS GALPEMUR 2018 PROYECTOS PRODUCTIVOS (Ayuntamientos)

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS GALPEMUR 2018 PROYECTOS NO PRODUCTIVOS (Ayuntamientos)

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS GALPEMUR 2018 PROYECTOS PRODUCTIVOS

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS GALPEMUR 2018 PROYECTOS PRODUCTIVOS (Orden complementaria)

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS GALPEMUR 2018 PROYECTOS NO PRODUCTIVOS

 

ORDEN 2 DE ABRIL DE 2018. MODIFICACIÓN CONVOCATORIA PROYECTOS NO PRODUCTIVOS 2018

 

ORDEN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2018. PROYECTOS NO PRODUCTIVOS

 

ORDEN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2018. PROYECTOS PRODUCTIVOS

 

RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2017

 

ORDEN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2017. PROYECTOS NO PRODUCTIVOS

 

ORDEN DE CONVOCATORIA DE AYUDAS DE GALPEMUR 2017. PROYECTOS PRODUCTIVOS

 

Orden 16 de abril de 2020. Modificación Orden de bases de 17 Julio 2017

 

Orden 7 de marzo de 2019. Modificación Orden de bases de 17 Julio 2017

 

Orden de 17 de julio de 2017 de Bases EDLP

 

DETALLE CRITERIOS SELECCIÓN GALPEMUR

 

COMUNICACIÓN INFORMACIÓN FRAUDE IRREGULARIDAD

A través del portal centro CREAR podrás elaborar la memoria y la documentación de tu proyecto.

NORMATIVA